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Día del Trabajo: ¿cuánto te deben pagar si trabajas el 1 de mayo?

El pago por este feriado se realiza en su totalidad y sin condiciones. Foto: Andina Noticias

Pago doble o triple podrías percibir si trabajas el 1 de mayo. Sin embargo, la remuneración adicional dependerá del acuerdo entre colaboradores y empresas. Te lo explicamos. 

El Día Internacional del Trabajo se celebra el 1 de mayo. Esta fecha conmemora los primeros movimientos en pro de los derechos laborales, incluida la reducción de la jornada laboral de más de 15 horas a 8 horas diarias. En Perú, esta fecha es reconocida como feriado nacional, lo que implica que aquellos que trabajen ese día recibirán un pago adicional.

De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, el pago por este feriado se realiza en su totalidad y sin condiciones, incluso si el trabajador ha tenido ausencias o llegadas tardías durante la semana. Esta normativa se aplica a todos los empleados registrados en la nómina de la empresa donde prestan sus servicios.

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¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 1 de mayo? 

El pago que deben recibir los trabajadores en planilla en Perú presenta ciertas características variables, dependiendo del día o la situación específica del colaborador. 


(Foto: Andina Noticias)

Si el 1 de mayo coincide con mi día de descanso, pero me solicitan trabajar sin haber acordado un día sustitutorio de descanso, se deberá recibir el pago estándar por el día laboral, el pago adicional por la sobretasa equivalente a un día completo, y también el pago adicional por la ausencia de un día sustitutorio. En resumen, el empleador deberá efectuar un triple pago en la cuenta del trabajador.

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Si el 1 de mayo coincide con mi día de descanso y no acudo a trabajar, el pago será doble: el pago normal por el día calendario y un adicional por haber ofrecido mis servicios a la empresa.

Por otro lado, si el 1 de mayo trabajo porque no es mi día de descanso, recibiré un pago doble, correspondiente al día calendario y al día laborado. Sin embargo, si se establece un acuerdo para tomar un día de descanso en sustitución del feriado laborado, no se realizará un pago doble, sino que se pagará únicamente el sueldo mensual correspondiente.

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